Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 17 de mayo del 2018 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo LEBARO.
Expediente: M-3697355
Tipo Marca: Mixta
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4395192
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3697355
Fecha de resolución: 10/05/2018
Clases: 18, 25, 35, 42
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento(Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto, en la clase 25, "bandoleras" deberá definirlo como "bandoleras para prendas de vestir", "batas" deberá definirlo como "batas de casa" y "cintas" deberá concretarlo, pudiéndolo definir por ejemplo como "cintas para la cabeza". Por otra parte "ropa de baño", deberá clasificarlo en la clase 24, a la que pertenece según el Nomenclátor Internacional de Productos y Servicios. Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Debiendo abonar la cantidad correspondiente a la nueva clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)