Cargando...
Fecha publicación
Fuente

Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo LE JOURNAL AFRICAIN.


Solicitud de marca suspendida

LE JOURNAL AFRICAIN

Expediente:  M-4355197

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9089768

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4355197

Fecha de resolución:  12/03/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 1 2.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- Res pecto de "servicios de información, comunicación y publicación digital":o "servicios de informac ión" es impreciso. Debe de precisar a qué tipo de información se refiere: deportiva, relacionados co n libros, etc.o "servicios de comunicación digital" es impreciso, puesto que puede pertenecer a va rias clases. Debe de redefinir el término ajustándose a la Clasificación. Si se refiere como parece a "Servicios de comunicación por Internet" pertenecería a la Clase 38.o "servicios de publicación digital" es impreciso. Debe de precisar a qué tipo de publicaciones se refiere, por ejemplo, "Public ación en Internet de revistas en formato electrónico".- "producción y difusión de contenidos aud iovisuales informativos" debe de quedar definido como "PRODUCCIÓN Y DIFUSIÓN DE CONTENIDOS AUDIOVISU ALES POR INTERNET".Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen e n plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los produc tos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR par a elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se re alizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la so licitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE R ECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECT OS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9 .2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 19/03/2026 Tomo: 1 Anuncio:9089768 

IR A LE JOURNAL AFRICAIN
CREAR CUENTA GRATIS
Crea una cuenta gratuita en empresia y realiza seguimiento de las empresas que te interesan.

Registrar cuenta
Axesor.es
Axesor.es