Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 24 de junio del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo LATON studio.
Expediente: M-4314539
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8621927
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4314539
Fecha de resolución: 17/06/2025
Irregularidades: 1.Apórtese el nombre y apellidos del solicitante, de manera que quede correctamente identificado. Escriba por favor en la casilla "APELLIDOS" SÓLO los correspondientes apellidos y en la casilla "N OMBRE" SÓLO el nombre del solicitante.2.La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos y/o clasificados (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de dic iembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:CLASE 35:-Debe separar los distin tos servicios con ";".-"diseño de logotipos" debe quedar definido como "diseño de logotipos publ icitarios".-"identidad corporativa" puede quedar como "servicios publicitarios para crear identi dad corporativa y de marca".-"diseño gráfico aplicado a la comunicación visual y a la promoción comercial" pertenece a la clase 42.CLASE 42:-Debe separar los distintos servicios con ";". -"decoración de espacios; consultoría creativa para proyectos residenciales y comerciales" son i mprecisos. Debe redefinirlos ateniéndose a las definiciones que encontrará en nuestra herramienta Cl inmar.-"diseño de identidad visual" debe definirse como "diseño de gráficos y colores distintivo s para la identidad corporativa".Por cada nueva clase resultante deberá abonar . euros (tasa M E17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente.Si no se subsanasen en plazo los defecto s señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios a fectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para en contrar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de pro ductos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSe recuerda que como contes tación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el susp enso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas