Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 20 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Las Catalinas.
Expediente: M-4348975
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9027812
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4348975
Fecha de resolución: 13/02/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto:CLASE 41:- "Servici os de organización, coordinación y gestión integral de eventos sociales, culturales y de entretenimi ento; planificación y diseño de bodas; organización de ceremonias civiles y simbólicas; creación y d irección de experiencias personalizadas para invitados; producción, decoración y ambientación de esp acios para eventos; asesoramiento en protocolo y etiqueta; gestión de proveedores relacionados con m úsica, fotografía, vídeo, iluminación y espectáculos; organización de talleres y actividades formati vas relacionadas con la planificación de eventos y la creatividad; servicios de hostess y acompañami ento en eventos; dirección artística y supervisión general del desarrollo del evento" Debe indicar l os servicios tal y como vienen en la clasificación de Niza y clasificarlos en las clases correctas, ya que hay servicios de otras clases. Además no se puede utilizar el término "Hostess", solamente se admiten términos en castellano.Debe revisar los productos y/o servicios indicados de manera que se ajusten a la Clasificación Internacional de Niza y a la Clasificación Armonizada. Apórtese u n nuevo listado consignándolos correctamente. Puede consultar la herramienta CLINMAR para elabor ar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan ele ctrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud re specto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerd a que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señ alados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas