Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 13 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo LARIOJA DIGITAL ASSOCIATION.
Expediente: M-4350004
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9078835
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4350004
Fecha de resolución: 06/03/2026
Irregularidades: 1.-Debe aportar el NIF corregido, toda vez que el indicado no se corresponde con la entidad solicita nte, o corregir el nombre de la entidad solicitante de manera que coincida con los datos del NIF 2.-La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Le y 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: E n la clase 45 -"servicios de negociación para terceros" es impreciso, debe de ajustarse a la clasificación de Niza puede quedar definido y clasificado como"Servicios jurídicos relacionados con la negociació n de contratos para terceros" y pertenece a la clase 45Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solici tud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede co nsultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2. oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá m odificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciemb re, de Marcas