Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 16 de noviembre del 2018 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo LAGRIMA D'ARENAS, bajo la titularidad de SOCIEDAD COOPERATIVA EL TORREON.
Expediente: M-3721153
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4708535
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3721153
Fecha de resolución: 12/11/2018
Clases: 33
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artº 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre la naturaleza y calidad de los productos solicitados, toda vez que el distintivo contiene el término "Lagrima" que es un término tradicional protegido para España en virtud el Reglamento (CE) de la Comisión de 14 de Julio, por el que se establecen determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 479/2008 del Consejo en lo que atañe a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas, a los términos tradicionales, por lo cual aparece en la base de datos electrónica E-Bacchus, de la Unión Europeay solo lo pueden utilizar dentro de los vinos de licor, los acogidos a la D.O.P. "Málaga" que cumplan ciertas condiciones de producción, sin que dicha condición figure en el listado de productos solicitados.Para que esta prohibición no resulte de aplicación será necesario presentar nuevo listado de productos solicitados, donde se haga constar de manera expresa que se limita a : VINOS de licoracogidos a la D.O.P. "MALAGA"
Motivos: 02) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- LA MARCA CONTIENE EL TÉRMINO TRADICIONAL PROTEGIDO LAGRIMA.- Articulo 5.1. g) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre