Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 25 de mayo del 2022 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo LABORATORIO LESCUYER, bajo la titularidad de LABORATOIRE LESCUYER SA.
Expediente: M-4131640
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: LABORATOIRE LESCUYER SA
Identificado de publicación: 6818672
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4131640
Fecha de resolución: 18/05/2022
Clases: 03, 05, 30, 35, 41, 42, 44
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y art. 3.2 de su Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos no están correctamente definidos. Enconcreto, en la clase 05 cuando dice "PRODUCTOS DIETÉTICOS (QUE NO SEAN PARA USO MÉDICO) Y SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS (QUE NO SEAN PARA USO MÉDICO) A BASE DE CAFÉ, TÉ, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGÚ, SUCEDÁNEOS DE CAFÉ, HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES, PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y DULCES, HELADOS COMESTIBLES" tendrá que quitar "PRODUCTOS DIETETICOS (QUE NO SEAN PARA USO MEDICO)" al no pertenecer a esta clase, ya que en la clase 05 tiene que definirlos como: "PRODUCTOS DIETETICOSPARA ENFERMOS" O "PRODUCTOS DIETETICOS PARA USO MÉDICO". Debe ajustarse al Nomenclátor Internacional. Por tanto, debe aportarse nueva lista completa de los productos solicitados (en formulario oficial) describiéndolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento)