Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 14 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo LABELCUT, bajo la titularidad de ROTUTECH HISPANIA SL.
Expediente: M-4358260
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9147088
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4358260
Fecha de resolución: 06/04/2026
Irregularidades: 1-La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17 /2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: Clase 35-"venta de consumibles" es impreciso, debe aclarar si la venta es al por mayor o al por menor, y además el t érmino "consumibles" lo tiene que definir más.Clase 37:-"instalación;mantenimiento" es impreci so, debe aclarar qué es lo que instala y mantiene.Apórtese un nuevo listado consignándolos corre ctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud ú nicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consult ar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm. es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si e l trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se t endrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tota lidad de la tasa.2-La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrecta mente definidos (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento) . En concreto:Clase 35-"comercio electrónico de maquinaria" debe quedar definido como "servici os de venta al por mayor /al por menor a través de redes mundiales de informática de maquinaria". Clase 37-"asistencia técnica" debe quedar definido como "servicios de asistencia técnica para..." y pertenece a la clase 42Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsa nasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMA R para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se r ealizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la s olicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa. Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el art ículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas