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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 17 de enero del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo La fantasía debe continuar.


Suspenso de fondo de marca

La fantasía debe continuar

Expediente:  M-4258412

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Marca

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que se compone de una frase slogan promocional de los servicios reivindicados que el público al que va dirigido no reconocerá como marca.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado

Identificado de publicación:  8281320

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4258412

Fecha de resolución:  10/01/2025

Clases:  41

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 17/01/2025 Tomo: 1 Anuncio:8281320 

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