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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de febrero del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo LA BUENA ACEITUNA.


Suspenso de fondo de marca

LA BUENA ACEITUNA

Expediente:  M-4309747

Tipo Marca:  Figurativa

Tipo Modalidad:  Marca

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico del producto o servicio.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error sobre la naturaleza y características de los productos/servicios siguientes: "servicios de venta al por mayor y al detalle en comercios y a través de redes mundiales informáticas de alimentos y bebidas; dado que el distintivo incorpora la representación gráfica de un olivo y el término "Aceituna".Esta prohibición podrá subsanarse limitando los servicios citados de la siguiente forma: "Servicios de venta al por mayor y al detalle en comercios y a través de redes mundiales informáticas de alimentos, siendo el aceite de oliva y bebidas"

Identificado de publicación:  9022688

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4309747

Fecha de resolución:  12/02/2026

Clases:  35

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 19/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:9022688 

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