Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 20 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Kundalini Suave Devocional K.S.D.
Expediente: M-4348380
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9027768
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4348380
Fecha de resolución: 13/02/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: Clase 41:-" curs os; talleres; clases presenciales; clases online; programas educativos; programas formativos; retiro s; encuentros de desarrollo personal; actividades formativas de meditación" es impreciso. Puede elim inarlo del listado o precisar servicios acordes a la clasificación de Niza.- "sesiones guiadas e ducativas; actividades de crecimiento personal; cursos de bienestar emocional; programas de certific ación del método KSD" es impreciso. Puede eliminarlo del listado o precisar servicios acordes a la c lasificación de Niza.Clase 44, en la cual los siguientes servicios son imprecisos Puede eliminar los del listado o precisar servicios acordes a la clasificación de Niza:- "Servicios de bienesta r emocional; acompañamiento energético".- "técnicas de relajación; asesoramiento en bienestar ho lístico; equilibrio energético; sesiones energéticas individuales; sesiones energéticas grupales". - "prácticas devocionales; prácticas energéticas suaves; servicios de apoyo emocional; regulación emocional; activación energética suave; sesiones basadas en el método Kundalini Suave Devocional KSD ; técnicas meditativas derivadas del método KSD; servicios de bienestar espiritual".- "Servicios de bienestar emocional; acompañamiento energético".Apórtese un nuevo listado consignándolos cor rectamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede con sultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2 .oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME 17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pa go, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podr á modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicit ud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de dici embre, de Marcas