Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 09 de marzo del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo KRISTAU ESKOLA.
Expediente: M-4311758
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para los productos y servicios solicitados, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, elsigno solicitado carece de carácter distintivo, por consistir en una expresión, "KRISTAU ESKOLA o escuela cristiana en castellano, que el consumidor identificará o bien como una referencia laudativa a la empresa titular del signo o bien como una alusión a la finalidad última de los productos/servicios reivindicados, y/o una referencia al usuario al que se destinan dichos productos y servicios, pero no como un signo capaz de identificar una concreta procedencia empresarial. Por otra parte, el elemento gráfico del distintivo solicitado no tiene entidad suficiente para otorgar carácter distintivo.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo alegando lo que considere adecuado
Identificado de publicación: 9065303
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4311758
Fecha de resolución: 02/03/2026
Clases: 09, 16, 35, 41, 45