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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 26 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo KREANIA.


Solicitud de marca suspendida

KREANIA

Expediente:  M-4346053

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9040973

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4346053

Fecha de resolución:  19/02/2026

Irregularidades:  1-La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:Clase 35:-"servicios de comunicación" podría quedar definido como "Servicios de comunicaciones corporat ivas" o "Servicios de comunicaciones empresariales".-"servicios de comercio electrónico" podría quedar definido como "Servicios de venta minorista mediante redes informáticas mundiales" o "Servici os de venta mayorista mediante redes informáticas mundiales"Apórtese un nuevo listado consignánd olos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la s olicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Pue de consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consul tas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abona do la totalidad de la tasa.2-La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y pr ecisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En c oncreto: Clase 35: -"gestión de contenidos para terceros" es impreciso.Apórtese un nuevo lis tado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Re glamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82, 84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en pla zo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no s e hubiese abonado la totalidad de la tasa.3-La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marc as y art.3 de su Reglamento). En concreto:-"servicios de diseño gráfico y diseño web con fines p ublicitarios " pertenece a la clase 42Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente re specto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herram ienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/i nicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por de sistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modifica r subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 26/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:9040973 

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