Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 25 de marzo del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo KONVINA.
Expediente: M-4323730
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para los servicios solicitados, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podránregistrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, por consistir en una denominación KONVINA que el público percibirá como una mera alusión a la función y uso que se hace de los productos, y no como un indicativo de origen empresarial. La denominación se percibe sin esfuerzo como COMBINA, por lo que evoca la ideade combinar/coordinar prendas o crear conjuntos, sin que los errores ortográficos en KONVINA (respecto de COMBINA) sean suficientes para dotar al signo de carácter distintivo.Puede contestar a esteacuerdo de suspenso de fondo alegando lo que considere adecuado
Identificado de publicación: 9104335
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4323730
Fecha de resolución: 18/03/2026
Clases: 25