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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 23 de abril del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Komvo, bajo la titularidad de KOMVO VENTURES SL.


Solicitud de marca suspendida

Komvo

Expediente:  M-4305494

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  8487508

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4305494

Fecha de resolución:  14/04/2025

Irregularidades:  1- Debe subsanar la página correspondiente del formulario oficial de solicitud, en la que en el apar tado "reivindicación de color" se haga constar únicamente el color o colores que aparecen en el dist intivo (art. 2.5 del Reglamento de la Ley de Marcas, Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). 2- La representación del signo solicitado en la casilla destinada a la reproducción del signo distin tivo y en la casilla "DENOMINACIÓN", ofrecen una disparidad que impide su identificación clara y pre cisa, debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfanuméricos que aparecen en la imagen.3- La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001 de Marcas y art.3 de su Reg lamento). En concreto:-"Desarrollo de aplicaciones móviles, webs y tecnología para la organización de eventos" pertenece a la clase 42.Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (ta sa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese ab onado la totalidad de la tasa.Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de pro ductos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSi no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).4- La lista de productos y servicios contiene prod uctos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 12.3 de la Ley 17/2001 de Marcas y art.3 de su R eglamento). En concreto:-"Servicios de intermediación en la organización de eventos" puede quedar definido como "SERVICIOS DE INTERMEDIACIÓN COMERCIAL EN LA ORGANIZACIÓN DE EVENTOS" en clase 35.Pu ede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consu ltas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSi no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá p or desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento)

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 23/04/2025 Tomo: 1 Anuncio:8487508 

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