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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 28 de diciembre del 2018 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo KITCHENING&TEA.


Suspenso de fondo de marca

KITCHENING&TEA

Expediente:  N-0386415

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Identificado de publicación:  4787255

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0386415

Fecha de resolución:  20/12/2018

Clases:  21

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

Motivos:  01) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3.2 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). las actividades no están correctamente definidas. En concreto, deberá eliminar los términos "productos de hierro y acero inoxidable" dado que la palabra "productos" es muy imprecisa por lo que la clase 21 quedaría de la siguiente forma:cl. 21: UTENSILIOS Y RECIPIENTES PARA USO DOMÉSTICO Y CULINARIO; UTENSILIOS DE COCINA Y VAJILLA, EXCEPTO TENEDORES, CUCHILLOS Y CUCHARAS; ARTÍCULOS DE CRISTALERÍA, PORCELANA Y LOZA. TETERAS DE HIERRO, DE ACERO INOXIDABLE, DE CRISTAL Y DE SILICONA" .Debe aportarse, por tanto, nueva lista de actividades (en formulariooficial) describiéndolas correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 del Reglamento)

Motivos:  02) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3.3 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Las actividades están incorrectamente clasificadas. En concreto, "los cubiertos y cuchillos" están clasificados en la cl. 8. Debe aportarse, por tanto, nueva lista de actividades (en formulario oficial) clasificándolas correctamente. Deberá abonar la cantidad correspondiente por la nueva clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo lafalta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o sehubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 28/12/2018 Tomo: 1 Anuncio:4787255 

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