Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 01 de octubre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo KINEO, bajo la titularidad de EKHINEO ENERGIA SL.
Expediente: M-4319158
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8762336
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4319158
Fecha de resolución: 24/09/2025
Irregularidades: 1.- Debe aportar el poder acreditativo de la representación con la que actúa. En caso de no subsanar este defecto, continuará la tramitación eliminándose la representación y continuando el procedimien to con el solicitante.2.-La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios defi nidos y/o clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001 de Marcas y art.3 de su Reglamen to). En concreto: -"Servicios de comercialización y distribución comercial de energía, incluida la venta al por mayor y al por menor; servicios de gestión y administración de instalaciones dedicad as a la producción de energía; orientación empresarial especializada en la organización y funcionami ento de instalaciones de generación de energía" puede quedar definido y clasificado como:"Distri bución comercial de energía; Servicios de gestión empresarial y administración comercial de instalac iones dedicadas a la producción de energía; Asesoramiento empresarial especializada en la organizaci ón y funcionamiento de instalaciones de generación de energía" y pertenece a la clase 35 Apórte se un nuevo listado consignándolos correctamente. - Los distintos servicios deben ir separados por; (punto y coma ) en el listado de productos y serviciosPuede consultar la herramienta CLINM AR para elaborar su lista de productos y servicios: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actio n Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la s olicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).S e recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los def ectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artícul o 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas