Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 13 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo KHRISTINNA DELAR.
Expediente: M-4346314
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9009981
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4346314
Fecha de resolución: 06/02/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 1 2.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:CLASE 09:-"archivos descargables en formato PDF, DOCX y ZIP", DEBE DEFINIRSE:ARCHIVOS DE IMAGEN DES CARGABLES (PDF, DOCX Y ZIP)-"contenido digital educativo y artístico accesible en línea o desc argable", DEBE DEFINIRSE.CONTENIDO DESCARGABLE Y GRABADO EDUCATIVO Y ARTISTICO", en la CLASE 09 O bien:ALOJAMIENTO DE CONTENIDOS DIGITALES EDUCATIVOS Y ARTÍSTICOS", en la CLASE 42(ESCOAJA UNA DE LAS DOS OPCIONES)CLASE 41:-"Servicios de creación, producción y publicación de con tenidos digitales, vídeos, libros electrónicos y material educativo", IMPRECISO. En esta clase puede definirlo:PORDUCCION DE VIDEOS Y MATERIAL EDUCATIVO; PUBLICACION DE MATERIAL EDUCATIVOLa pu blicación de libros electrónicos ya está en el enunciado. No repita servicios.-"publicación y distribución de obras digitales a través de plataformas en Internet", ES IMPRECISOPor cada nue va clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electr ónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respe cto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADO S EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGL AMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCASApórtese un nuevo list ado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reg lamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action