Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 20 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo KAVE PRO.
Expediente: M-4344101
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9026954
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4344101
Fecha de resolución: 13/02/2026
Irregularidades: La DENOMINACIÓN debe ser coincidente con los elementos denominativos o alfanuméricos que aparecen en el distintivo. En el distintivo aportado no aparece la palabra "PRO" Puede eliminarla de la denomin ación o incluirla en el distintivo, sin que ello suponga una modificación sustancial del distintivo solicitado. La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12. 3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto:-Habi táculos portátiles refrigerados; es impreciso, por lo que puede quedar definido como "Cabinas portát iles refrigeradas" clase 11.-"estructuras hinchables climatizadas" es impreciso, por lo que pued e quedar definido como "Instalaciones de climatización hinchables" clase 11.-"cabinas hinchables aisladas térmicamente "es impreciso, por lo que puede quedar definido como "Cabinas de seguridad po rtátiles para exteriores hechas de materiales no metálicos" clase 19.-"construcciones desmontabl es para protección frente al calor" es impreciso, por lo que puede quedar definido como "Construccio nes desmontables no metálicas" clase 19.-"módulos portátiles no metálicos para descanso y seguri dad laboral" puede quedar definido como "Cabinas portátiles no metálicas" clase 19.Apórtese un n uevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se te ndrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9. 6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y s ervicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deb erá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se su bsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR , LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS