Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 15 de marzo del 2017 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo JTAS JESUITAS.
Expediente: M-3630625
Tipo Marca: Mixta
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 3673336
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3630625
Fecha de resolución: 09/03/2017
Clases: 06, 09, 16, 18, 25, 28, 35, 38, 41, 43
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento(Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto, las medallas irían a la clase 14 de la Clasificación Internacional de Productos y Servicios (Nomenclator Internacional) y, en la clase 16, las revistas y publicaciones tieneque precisar que se trata de revistas y publicaciones impresas (no en general). Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Deberá abonar la cantidad de 93,66 euros o 79,61 euros, si se abona por pago electrónico, por la nueva clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente alos productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta depago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitudcon respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)