Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 31 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo JOSMA EQUIPAMIENTO.
Expediente: N-0494907
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 9121834
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0494907
Fecha de resolución: 24/03/2026
Irregularidades: 1.-Debe indicar la forma jurídica de la entidad solicitante. 2.- Debe cumplimentar la casilla "D ENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfanuméricos que aparecen en el dis tintivo. En caso de que dichos elementos sean gráficos de fantasía, deberá hacerlo constar así en el apartado "DESCRIPCIÓN ESCRITA DE LA MARCA".3.-Debe aportar el poder acreditativo de la represen tación con la que actúa. En caso de no subsanar este defecto, continuará la tramitación eliminándose la representación y continuando el procedimiento con el solicitante.4.-La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre , de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: En la clase 20-"mobiliario en general" e s impreciso debe eliminarlo de la lista de productos y servicios, puede quedar definido como "Mobili ario doméstico" y pertenece a la clase 20 En la clase 35 -"Material informático y equipamiento para oficinas"es impreciso debe eliminarlo de la lista de productos y servicios En la clase 37 -"Servicios de instalación y montaje de mobiliario; mamparas; mantenimiento; pequeñas obras de aco ndicionamiento y reformas de oficinas" -Debe separar por (comas , )los distintos productos que ins tala, y debe separar (por ; punto y coma) los distintos servicios, puede quedar como "Servicio s de instalación y montaje de mobiliario y de mamparas de baño; Servicios mantenimiento y reformas d e oficinas; Acondicionamiento interior de oficinas" y pertenece a la clase 37Apórtese un nuevo l istado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá p or desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios :https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 8 2,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en p lazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17 /2001, de 7 de diciembre, de Marcas