Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 11 de mayo del 2022 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo jlm ingenieria, bajo la titularidad de JLM INTERMEDIACION DE INGENIERIA Y FABRICACION SL.
Expediente: M-4135607
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: JLM INTERMEDIACION DE INGENIERIA Y FABRICACION SL
Identificado de publicación: 6783809
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4135607
Fecha de resolución: 04/05/2022
Clases: 07, 42
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y arts. 3.2 y 3.6 de su Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto:- "Tolvas", "silos", "elementos de transporte y dosificación" se consideran imprecisos, debe especificar que típo de tolvas, silos y qué elementos de transporte. - "Casetas de triaje" puede quedar como "Casetas hechas de materiales no metálicos" en clase 19.- "overband" debe traducirse al castellano. Puede quedar como "Máquinas separadoras" en clase07Por tanto, debe aportarse nueva lista completa de los productos/servicios solicitados (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Deberá abonar la cantidad de 81,21 euros por cada nueva clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1: tasa ME17 si tanto el trámite como el pago se realizan electrónicamente y tasa MT17 en caso contrario). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento).Puede consultar nuestra herramienta CLINMAR en http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action