Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 17 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo JEGAMAR.
Expediente: M-4360719
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9156485
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4360719
Fecha de resolución: 10/04/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos y/o cla sificados (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En c oncreto:Clase 29:-"Moluscos comestibles" puede quedar definido como "Moluscos comestibles que no estén vivos"-"Crustáceos" puede quedar definido como "Crustáceos no vivos"-" Pescados, marisc o y moluscos vivos" pertenece a la clase 31-"huevas de pescado" puede quedar definido como "Huevas de pescado preparadas"- "Platos refrigerados hechos con pensado" puede quedar definido como "Plat os refrigerados hechos con pescado"-"productos alimenticios a base de pesacado" puede quedar defin ido como "productos alimenticios a base de pescado"-"ensaladas de frutas, sushi, extractos de carn e sólidos y líquidos, platos semicocidos y listos para cocinar así como platos preparados, platos se mipreparados, aperitivos listos para consumir y ensaladas finas compuestas principalmente de carne, pescado, marisco, aves, caza y/o charcutería así como acompañamientos de hortalizas, patatas, arroz, pastas y/o fruta preparada" debe separar cada producto con ";" -" sushi" pertenece a la clase 30 - "platos semicocidos y listos para cocinar" puede quedar definido como "Platos preparados que cons isten principalmente en carne, pescado, aves o hortalizas"-"aperitivos listos para consumir" puede quedar definido como "aperitivos a base de carne y aperitivos congelados compuestos principalmente de pollo, pescado y marisco"-"ensaladas finas compuestas principalmente de carne, pescado, marisco , aves, caza y/o charcutería" puede quedar definido como "Ensaladas de aperitivo compuestas princip almente de carne, pescado, marisco, aves, caza y/o charcutería"-"Acompañamientos de hortalizas, pa tatas, arroz, pastas y/o fruta preparada" puede quedar definido como "Alimentos para picar a base de verduras, hortalizas y legumbres"- "Vegetal preparado paragomoku chirashi sushi" puede quedar def inido como "Productos vegetales preparados (paragomoku chirashi sushi)-"Uvas" puede quedar definid o como "Pasas [uvas]"-"Caseína para uso alimenticio" puede quedar definido como "Complementos alim enticios a base de caseína" que pertenece a la clase 05- "Pastelería congelada rellena con carne" puede quedar definido como "Comidas congeladas principalmente a base de carne" o como "Empanadas de hojaldre congeladas rellenas de carne" que pertenece a la clase 30- "Rodajas de frutas" puede qued ar definido como "Frutas en rodajas enlatadas"- "Zumos vegetales para la cocina" puede quedar defi nido como "Extractos vegetales para cocinar [zumos]"- "Productos de la pesca" puede quedar definid o como "Pesca (Productos de la -) que no estén vivos"-"Patatas fritas" puede quedar definido como "Patatas fritas en forma de aperitivos"-"dátiles" puede quedar definido como "Dátiles desecados" -"Bebidas lacteadas" puede quedar definido como "Bebidas lácteas"-"Proteínas para la alimentación humana" puede quedar definido como "Proteína vegetal texturizada moldeada para su uso como sucedáneo de la carne"Clase 35:-"Servicios de venta al por menor, venta al por mayor, Servicios de vent a on-line, venta por catálogo y a través de redes de comunicación global de productos alimenticios y bebidas, en especial pescado congelado, productos de pescado congelados, pescado fresco, pescado en conserva, pescados ahumados, salazones de pescado, pescado en salazón, mariscos, moluscos comestibl es, crustáceos, pescado, carnes, aves y caza, hortalizas y frutas congeladas" puede quedar definido como:-"Servicios de venta al por menor y al por mayor, en línea, por catálogo y a través de redes de comunicación global de productos alimenticios y bebidas, a saber, pescado congelado, productos d e pescado congelados, pescado fresco, pescado en conserva, pescados ahumados, salazones de pescado, pescado en salazón, mariscos, moluscos comestibles, crustáceos, pescado, carnes, aves y caza, hortal izas y frutas congeladas"-"servicios de negocios comerciales, inclusive promoción de productos y s ervicios de terceros por medio de avisos publicitarios y anuncios en línea y exposición en un sitio electrónico al que se accede a través de redes informáticas" puede quedar definido como "Servicios de gestión de negocios comerciales, incluyendo la promoción de productos y servicios de terceros por medio de avisos publicitarios, anuncios en línea y exposición en un sitio electrónico al que se acc ede a través de redes informáticas"- "servicios de consultas profesionales de negocios" puede qued ar definido como "Consultas profesionales relativas a la gestión de negocios"- "Servicios de infor mación comercial, de difusión de muestras, anuncios y material publicitario" separe cada servicio co n el signo de puntuación ";", puede quedar definido como: "Servicios de información comercial; Difus ión de material publicitario [folletos, prospectos, impresos, muestras]"Apórtese un nuevo listad o consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por de sistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Regla mento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82 ,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en pl azo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/ 2001, de 7 de diciembre, de Marcas