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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo JAMONFY.


Solicitud de marca suspendida

JAMONFY

Expediente:  M-4346656

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9023672

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4346656

Fecha de resolución:  12/02/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 1 2.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:Clase 29:-"alimentos elaborados o curados a base de carne" puede quedar definido como "Platos cocinados elaborados con carne"-"alimentos preparados a base de carne" puede quedar definido como "Comidas preparadas que contengan carne [donde predomina la carne]"-"productos alimenticios envasados al va cío" es impreciso, puede quedar definido como "conservas de carne, pescado, legumbres, hortalizas y frutas envasadas al vacío"Clase 35:-" Servicios de intermediación comercial y marketplace en línea para conectar profesionales de la gastronomía con clientes" puede quedar definido como "Servi cios de intermediarios comerciales en el marco de la puesta en contacto de diversos profesionales co n clientes"El término "Marketplace" es impreciso, ya que no se admiten expresiones que no sean en castellano. Puede quedar definido como "servicios de gestión comercial relacionado con el comercio e lectrónico"-"gestión de redes sociales" puede quedar definido como "servicios de marketing en rede s sociales"Clase 41:-"demostraciones culinarias" puede quedar definido como " Organización de demostraciones culinarias con una finalidad de formación"Clase 43: -"asesoramiento gastronómic o y experiencias culinarias en el hogar" puede quedar definido como "Servicios de reseñas gastronómi cas [suministro de información sobre comidas y bebidas]"Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solic itud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consulta s2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSe recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 19/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:9023672 

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