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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 06 de febrero del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo JAI, bajo la titularidad de JAI-HORNIDURAK SL.


Suspenso de fondo de marca

JAI

Expediente:  M-4254727

Tipo Marca:  Figurativa

Tipo Modalidad:  Marca

Titular:  JAI-HORNIDURAK SL

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La solicitud presenta defectos (art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y arts. 3.2 y 3.6 del Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio), ya que los productos/servicios están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto:En la clase 03, "PASTILLAS PARA ELIMINACION BIOLOGICA DE OLORES EN CONTENEDORES HIGIENICOS CERRADOS", podría quedar definido como "Productos para eliminar los malos olores" en la clase 05.En la clase 16 "PRODUCTOS DESECHABLES DE PAPEL" es impreciso, podría quedar definido como "PAÑUELOS DE PAPEL DESECHABLES" en esa misma clase si esa era su intención, "PAPEL DE ALUMINIO" está mal clasificado, podría quedar clasificado en la clase 06 como "PAPEL DE ALUMINIO LAMINADO" o "PAPEL DE ALUMINIO PARA ENVOLVER".Debe aportarse nueva lista completa de los productos/servicios solicitados (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos de conformidad con la Clasificación Internacional de Productos y Servicios (Clasificación de Niza). Deberá abonar la cantidad de 82,84 euros por cada nueva clase resultante (art.12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1: tasa ME17 si tanto el trámite como el pago se realizan electrónicamente y tasa MT17 en caso contrario). Si no se subsanase en plazo se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento).Si desea consultar el listado de clases de la Clasificación Internacional, tiene a su disposición nuestra herramienta CLINMAR: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action

Identificado de publicación:  8311514

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4254727

Fecha de resolución:  30/01/2025

Clases:  03, 16, 35

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 06/02/2025 Tomo: 1 Anuncio:8311514 

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