Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 15 de julio del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Jabones , velas, bolsitas aromáticas.
Expediente: N-0489038
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 9338774
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0489038
Fecha de resolución: 08/07/2026
Clases: 03, 04
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrá registrarse como nombre comercial los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico de los productos o servicios a los que se refieren las actividades para las que se solicite.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error sobre la calidad o características de los productos siguientes: "productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales; dentífricos no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales; preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir y raspar", de la clase 03 y respecto a los productos solicitados en la clase 04, dado que evoca o induce a pensar que los productos que se pretender distinguir con dicho nombre comercial han sido elaborados de forma artesanal, pero no se ha especificado esta característica en los mismos. Esta prohibición podrá subsanarse aportando una nueva lista de productos indicando al final de la misma "Todos los productos anteriores han sido elaborados de manera artesanal"