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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 25 de marzo del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo INTEGRAL SILEX, bajo la titularidad de TOR CHEMICAL SL.


Suspenso de fondo de marca

INTEGRAL SILEX

Expediente:  M-4273196

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Marca

Titular:  TOR CHEMICAL SL

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) El signo solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al carecer de carácter distintivo, toda vez que no permite al público consumidor identificar un concreto origen empresarial, ni la diferenciación en el mercado de los productos solicitados, ya que dicha denominación está compuesta por signos e indicaciones de uso común que carecen de distintividad, sin incorporar otro elemento, forma o denominación que permita al público consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial, ni distinguirlo dentro del mercado respecto de otras empresas, careciendo por tanto de singularidad suficiente para acceder al registro. 02) Asimismo, se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas. Este artículoestablece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios.En concreto, en el sector de las pinturas y los barnices, el sílex se refiere a un tipo de mineral de sílice (dióxido de silicio, SiO) que se utiliza en algunas formulaciones como un componente de carga cuya principal función es mejorar la durabilidad, la resistencia y la textura del producto final. Este elemento denominativo puede servir en el comercio para designar la naturaleza de los productos para la clase solicitada, sin ningún otro elemento que le dé suficiente fuerza caracterizadoracomo para eliminar dicho carácter descriptivo.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado

Identificado de publicación:  8423449

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4273196

Fecha de resolución:  18/03/2025

Clases:  02

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 25/03/2025 Tomo: 1 Anuncio:8423449 

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