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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 24 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo INSTITUTO GLOBAL DE CUIDADOS, bajo la titularidad de SOCIEDAD ANDALUZA DE SERVICIOS SANITARIOS SL.


Solicitud de marca suspendida

INSTITUTO GLOBAL DE CUIDADOS

Expediente:  M-4345291

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9033600

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4345291

Fecha de resolución:  17/02/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto:"Diseño e implementac ión de planes de igualdad y diversidad en organizaciones públicas y privadas; Asesoramiento estratég ico en políticas de conciliación, igualdad y responsabilidad social corporativa" en la clase 35 es impreciso, debe revisar los productos y/o servicios incluidos en la misma de manera que se ajusten a la Clasificación Internacional de Niza y a la Clasificación Armonizada. Clase 42:-"Consultorí a estratégica de innovación social y tecnológica para entidades de cuidado" puede quedar definido co mo "suministro de información tecnológica sobre innovación social y tecnológica para entidades de cu idado"-"Proyectos y estudios de investigación técnica vinculados a sostenibilidad, igualdad e impa cto social" puede quedar definido como "investigación y estudios de proyectos técnicos vinculados a sostenibilidad, igualdad e impacto social"-" Asesoramiento en el diseño de modelos organizativos c entrados en la persona" es impreciso, debe revisar los productos y/o servicios incluidos en la misma de manera que se ajusten a la Clasificación Internacional de Niza y a la Clasificación Armonizada. Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defecto s señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios a fectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamen te. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la /s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como cont estación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el su spenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento par a la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 24/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:9033600 

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