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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 28 de enero del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo INSTITUTO CAPILAR DE LA MUJER.


Suspenso de fondo de marca

INSTITUTO CAPILAR DE LA MUJER

Expediente:  M-4255945

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Marca

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) El signo solicitado se halla incurso para las actividades solicitadas, en la prohibición del artículo 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre Este artículo establece que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, ya que la combinación de vocablos que se propone no permite al público consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial, ni la individualización en el mercado de productos o servicios, sin incorporar elementos adicionales que lo doten de distintividad. Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, alegando lo que considere adecuado. 02) El signo solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como nombre comercial los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios a los que se refieran las actividades solicitadas.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones quepueden servir en el comercio para designar las características de las actividades para las que se solicita el presente nombre comercial, ya que el signo solicitado está formado por los términos "INSTITUTO CAPILAR DE LA MUJER", sin incorporar elementos adicionales con la entidad suficiente que permita salvar el carácter descriptivo del que adolece el presente signo. Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, alegando lo que considere adecuado

Identificado de publicación:  8296725

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4255945

Otra información:  Y OTROS

Fecha de resolución:  21/01/2025

Clases:  44

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 28/01/2025 Tomo: 1 Anuncio:8296725 

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