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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 21 de junio del 2024 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo INSTITUTO ARAGONÉS DE PSICOLOGÍA.


Suspenso de fondo de marca

INSTITUTO ARAGONÉS DE PSICOLOGÍA

Expediente:  N-0459901

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Identificado de publicación:  7983105

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0459901

Fecha de resolución:  14/06/2024

Clases:  44

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) El signo solicitado se halla incurso para las actividades solicitadas, en la prohibición del artículo 5.1.b) en relación con el artículo 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, ya que que la combinación de vocablos que se propone no permite al público consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial, ni la individualización en el mercado de productos o servicios, sin incorporar elementos adicionales que lo doten de distintividad. Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegandolo que considere adecuado. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico de los productos o servicios a los que se refieren las actividades para las que se solicite. En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error sobre la titularidad del nombre comercial solicitado, dado que el distintivo consta de los términos "INSTITUTO ARAGONÉS", que puede dar lugar a una idea de oficialidad.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo alegando lo que considere adecuado

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 21/06/2024 Tomo: 1 Anuncio:7983105 

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