Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 25 de septiembre del 2018 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo INEVITABLE.
Expediente: N-0383955
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 4607353
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0383955
Fecha de resolución: 19/09/2018
Clases: 15
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Las actividades están definidas y clasificadas incorrectamente. En concreto, en la clase 15 donde pone: "Grupo músical", lo deberá solicitar en la clase 41 de la siguiente forma: "Grupo músical (entretenimiento)". El resto de productos solicitados enla clase 15 están correctamente clasificados. Debe aportarse, por tanto, nueva lista de actividades (en formulario oficial) definiéndolas y clasificándolas correctamente. Deberá abonar la cantidad correspondiente de euros por la nueva clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)