Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 08 de noviembre del 2022 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo INDI ARAGÓN (Instituto de Neurodesarrollo Integral de Aragón).
Expediente: N-0437907
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 7078959
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0437907
Otra información: Y OTROS
Fecha de resolución: 31/10/2022
Clases: 41, 44
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) El signo solicitado se halla incurso, para los servicios solicitados en clases 41 y 44, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al carecer de carácter distintivo, toda vez que el signo solicitado no tiene capacidad para individualizar los servicios en el mercado al tratarse de términos descriptivos de las actividades solicitadas en clases 41 y 44, sin aportar ningún otro elemento que permita salvar la falta de distintividad de la que adolece el presente signo, por lo que se considera que el público interesado noserá capaz de identificar la concreta procedencia empresarial
Motivos: 02) El signo solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar características de los productos o servicios para los que se solicita el presente nombre comercial; toda vez que el signo en estudio se compone de los términos "INDI ARAGON (Instituto de Neurodesarrollo Integral de Aragón)", que hace alusión directa al tipo de servicios para los que se solicita en clases 41 "Educación; Formación; Formación en audición y lenguaje; Enseñanza de apoyo escolar" y 44 "Servicios médicos; Servicios psicológicos; Servicios sanitarios; Neuropsicología; Terapia psicológica para niños; Terapia en neurodesarrollo; Terapia de logopedia y audiofonía", sin aportar ningún otro elemento con la entidad suficiente que permita salvar el carácter descriptivo del que adolece el presente signo, siendo el término "INDI" las iniciales de "Instituto de Neurodesarrollo Integral de Aragón"
Motivos: 03) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley deMarcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al poder inducir al público a error sobre la titularidad del nombre comercial solicitado, toda vez que el distintivo consta de los términos "...de ARAGON" quepuede dar una idea de oficialidad