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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 08 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo indalfactu.com, bajo la titularidad de NAVARRO RUBIO INFORMATICA SL.


Solicitud de marca suspendida

indalfactu.com

Expediente:  M-4357269

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9134967

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4357269

Fecha de resolución:  30/03/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: en la clase 09:"pr ogramas para la emisión, administración y control de facturas, pagos, cobros, impuestos y documentos comerciales", es impreciso. Puede quedar definido como "programas informáticos para la emisión, adm inistración y control de facturas, pagos, cobros, impuestos y documentos comerciales". Debe ajustar los productos a la clasificación de Niza."interfaces de usuario, bases de datos y herramientas i nformáticas relacionadas con la gestión administrativa, financiera y comercial", se considera imprec iso. Puede quedar definido como "Software de interfaz gráfica de usuario relacionado con la gestión administrativa, financiera y comercial"; "Bases de datos informáticas relacionadas con la gestión ad ministrativa, financiera y comercial"; "Aplicaciones informáticas descargables relacionadas con la g estión administrativa, financiera y comercial". en la clase 42"servicios de consultoría tecnol ógica, asesoramiento informático y soporte técnico"; "Soporte técnico", es impreciso. Puede quedar d efinido como "Asesoramiento técnico en materia de hardware y software informáticos". Debe ajustar lo s productos a la clasificación de Niza."desarrollo de soluciones informáticas en la nube", es im preciso. Puede quedar definido como "Servicios informáticos en la nube"."servicios de seguridad informática, gestión de bases de datos y almacenamiento electrónico de datos, en particular relacion ados con software de facturación, contabilidad y gestión empresarial", "Gestión de bases de datos" p ertenece a la clase 35. Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsana sen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los p roductos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa. Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los d efectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artíc ulo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 08/04/2026 Tomo: 1 Anuncio:9134967 

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