Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 17 de diciembre del 2018 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo IMTADE, bajo la titularidad de IMPLEMENTACION DE TECNICAS AVANZADAS DE DESARROLLO SL.
Expediente: N-0385826
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 4769390
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0385826
Fecha de resolución: 11/12/2018
Clases: 09, 42
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3.2 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio), las actividades no están correctamente definidas. En concreto:Clase 9:- "PROGRAMADORES INFORMÁTICOS": No es correcto, y se podría definir como PROGRAMAS INFORMÁTICOS.- "SOFTWARE DE TODO TIPO": Es una repetición del mismo concepto ya solicitado, por tanto debe quitarlo.Clase 42:- "DESARROLLO DE EQUIPOS INFORMÁTICOS Y DE SOFTWARE": Es una repetición del mismo servicio ya solicitado, por tanto debe quitarlo.- "CONSULTORÍA INFORMÁTICA": No es correcto, y se podría definir como CONSULTORÍA SOBRE TECNOLOGÍA INFORMÁTICA.- "DESARROLLO DE PRODUCTOS PROPIOS": No es correcto, y lo podría incluir dentro de un servicio que ha solicitado, quedando de la siguiente manera: DISEÑO Y DESARROLLO DE EQUIPOS INFORMÁTICOS Y SOFTWARE (INCLUIDOS LOS PRODUCTOS PROPIOS).El resto de los productos y servicios solicitados, tanto en la Clase 9 como en la Clase 42 son correctos, y deberá volver a incluirlos en la nueva solicitud.Debe aportarse, por tanto, nueva lista de actividades (en formulario oficial) describiéndolas correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a lasactividades afectadas (art 9.2 del Reglamento)