Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 27 de mayo del 2024 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo IMPRIMALIA, bajo la titularidad de COLOR PLUS TERRASSA SCP.
Expediente: N-0468628
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 7936081
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0468628
Fecha de resolución: 20/05/2024
Irregularidades: Las sociedades civiles cuyos pactos son secretos carecen de personalidad jurídica por lo que no está n legitimadas para obtener el registro de una marca. Debe contestar a este suspenso aportando escrit ura pública de constitución de la sociedad civil o copia cotejada de la misma. En caso de no poder a portar dicha escritura deberá contestar a este suspenso indicando como solicitantes a todos los inte grantes de la sociedad (art. 1.669 del Código Civil y art. 3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, d e Marcas).El apartado "DESCRIPCIÓN" es de cumplimentación facultativa o voluntaria. En caso de i ndicar una descripción esta debe limitarse exclusivamente a definir las características del distinti vo, no debiéndose incluir otros comentarios (art. 2.2 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas). Al ser voluntaria, no es necesaria su cumplimentación. La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto: - "Regalos personalizados" puede quedar definido como "Selección de regalos personales para tercero s" y pertenece a la clase 45.Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por des istida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglam ento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos aceptado s, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https:// consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la fal ta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa