Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 27 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo IDOLA, bajo la titularidad de TOPFORM SL.
Expediente: M-4350556
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9045947
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4350556
Fecha de resolución: 20/02/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: -" Servicios de vent a minorista relacionados con la venta de muebles y soluciones de almacenamiento, como armarios de co cina, armarios de almacenamiento, estanterías, aparadores, sillas, carros comedores (muebles), cómod as, cestas (no metálicas), carritos de; té, separadores de armario (partes de muebles), expositores, vitrinas, muebles integrados, muebles para cocinas, paneles traseros (partes de muebles), revestimi entos para muebles, biombos (muebles), organizadores de cajones" puede quedar definido como:- Se rvicios de venta minorista de muebles, en concreto armarios de cocina, armarios de almacenamiento, e stanterías, aparadores, sillas, carros comedores (muebles), cómodas, cestas (no metálicas), carritos de té, separadores de armario (partes de muebles), expositores, vitrinas, muebles integrados, muebl es para cocinas, paneles traseros (partes de muebles), revestimientos para muebles, biombos (muebles ), organizadores de cajones".Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se su bsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta C LINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio .actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desis tida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tas a.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas