Cargando...
Fecha publicación
Fuente

Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 08 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo iCan.


Solicitud de marca suspendida

iCan

Expediente:  M-4359139

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9135094

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4359139

Fecha de resolución:  30/03/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: En la CLASE 5:"T OALLITAS DESINFECTANTES", se considera impreciso, por lo que podría quedar definido, siguiendo los c riterios de la Clasificación Internacional de Niza, como "TOALLITAS ANTIBACTERIANAS""TOALLLITAS IMPREGNADAS CON DESINFECTANTES", es impreciso, por lo que se definiría como "TOALLITAS IMPREGNADAS A NTISÉPTICAS""BOTIQUÍN MÉDICO" se considera impreciso, por lo que se podría recalificar como "BOT IQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS"En la CLASE 10:"HEMOGLOBINÓMETROS" se considera impreciso, por lo que podría quedar definido como "APARATOS DE MONITORIZACIÓN DE LA HEMOGLOBINA""APARATOS PARA US O EN ANÁLISIS MÉDICOS", sería impreciso, por lo que se podría definir como "APARATOS DE ANÁLISIS MÉD ICO PARA USO MÉDICO""INSTRUMENTOS PARA RECOGER SANGRE", sería impreciso, por lo que se redefinir ía como "INSTRUMENTOS AUTOMATIZADOS PARA RECOGER SANGRE"Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solic itud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consul tas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tas a ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta d e pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abo nado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la sol icitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 08/04/2026 Tomo: 1 Anuncio:9135094 

IR A iCan