Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 03 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo IberoMédica.
Expediente: M-4351456
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9054014
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4351456
Fecha de resolución: 24/02/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto:TODOS LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS DEBEN QUEDAR DEFINIDOS ENTRE SÍ A TRAVÉS DE (;) NO son admisibles términos en idioma distinto al castellano."teleoncología", se considera impreciso. Debe ajustar el listado de servi cios a la clasificación de Niza."asesoramiento oncológico", se considera impreciso. Podría queda r definido como "Servicios de información y asesoramiento en materia de salud específicamente en la rama oncológica"."segunda opinión médica"; "interpretación de informes médicos", se consideran i mprecisos. Debe ajustar el listado de servicios a la clasificación de Niza.Apórtese un nuevo lis tado consignándolos correctamente. Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase r esultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente . Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contes tación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el susp enso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas