Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 17 de septiembre del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo HYBRID GYM.
Expediente: M-4331955
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para todos los servicios de la clase 41, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que la combinación de vocablos que se proponeno permite al público consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial, ni la individualización en el mercado de productos o servicios, sin incorporar elementos adicionalesque lo doten de singularidad suficiente para acceder al registro. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, laprocedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otrascaracterísticas de los productos o servicios.En concreto, el signo «HYBRID GYM», considerado en su conjunto, será percibido de forma directa e inmediata por el público pertinente como una indicación de un gimnasio o centro de entrenamiento que combina diferentes modalidades, métodos o disciplinasde ejercicio físico. En concreto, «GYM» designa directamente los establecimientos e instalaciones destinados al entrenamiento y mantenimiento físico, mientras que «HYBRID» califica dicho establecimiento o los servicios que en él se prestan, indicando su carácter híbrido o la combinación de distintas modalidades de entrenamiento. La unión de ambos elementos mantiene, por tanto, un significado descriptivo y no introduce un significado conceptual autónomo suficientemente alejado del que resulta desus componentes.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado. 03) POR OPOSICION BASADA EN:- A019087756HYBRID GAMES (DEN.) en relación con las clases solicitadas: 41- A019053893HYBRID TOTAL (DEN.) en relación con las clases solicitadas: 41- <a href="/distintivo/hybrid-games/oepm/m-4245656/" title="Detalle de la marca Hybrid Games">Hybrid Games</a>HYBRID GAMES (DEN.)- A019003653HYBRID ATHLETE (DEN.) en relación con las clases solicitadas: 41- A018961615HYBRIDBOX (DEN.) en relación con las clases solicitadas: 41- <a href="/distintivo/hybridfit/oepm/m-4271871/" title="Detalle de la marca HybridFit">HybridFit</a>HYBRIDFIT (DEN.)- A018999097HYBRIDWOD (DEN.) en relación con las clases solicitadas: 41- <a href="/distintivo/hybrid-functional/oepm/n-0475761/" title="Detalle de la marca Hybrid Functional">Hybrid Functional</a>HYBRID FUNCTIONAL (DEN.)- <a href="/distintivo/hybrid-strength/oepm/n-0471129/" title="Detalle de la marca Hybrid Strength">Hybrid Strength</a>HYBRID STRENGTH (DEN.)
Identificado de publicación: 9428494
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4331955
Fecha de resolución: 10/09/2026
Clases: 41