Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 09 de septiembre del 2024 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Human Glider.
Expediente: M-4273827
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8081782
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4273827
Fecha de resolución: 02/09/2024
Irregularidades: Apórtese el nombre y apellidos del solicitante, de manera que quede correctamente identificado. Escriba por favor en la casilla "APELLIDOS" los correspondientes apellidos y en la casilla "NOMBRE" el nombre del solicitante.Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los e lementos denominativos o alfanuméricos que aparecen en el distintivo ("HG Human Glider").En caso de no contestar al suspenso se procederá a cambiar de oficio dicha casilla con los elementos alfanu méricos que se puedan apreciar.Debe corregir el apartado "reivindicación de color" indicando exc lusivamente los colores que se visualizan en el distintivo (puede indicar una escala correcta o los colores tal cual). Este apartado es facultativo por lo que puede eliminar estas indicaciones.Le informamos que modificaciones no solicitadas en el presente suspenso pueden ocasionar el pago de tas a de modificación y la pérdida de fecha de prioridad.La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:-"Adhesivos" puede quedar defin ido como "Adhesivos (papelería)".-"Vinilos" podría quedar definido como "Letras y números adhesivo s de vinilo".Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la soli citud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórte se un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consu ltar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oep m.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82.84. euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa