Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 13 de diciembre del 2018 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo HUDDLESTONE ACOUSTICS.
Expediente: M-3722821
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4764027
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3722821
Fecha de resolución: 07/12/2018
Clases: 19
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento(Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos solicitados como "CABINAS DE AISLAMIENTO ACUSTICO, E INSONORIZACION EN GENERAL", están definidos y clasificados incorrectamente. Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente, pudiendo hacerlo de la siguiente forma: "CABINAS METALICAS CON AISLAMIENTO ACUSTICO" (clase 06) y "PANTALLAS ACUSTICAS PARA INSONORIZACION" (clase 17).Deberá abonar las tasas correspondientes a las nuevas clases resultantes (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en loreferente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazola falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud ose hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)