Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 11 de junio del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo HOSRATELCO HOSTELERÍA DE SIEMPRE.
Expediente: M-4285799
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La solicitud presenta defectos en relación con los arts. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001,de 7 de diciembre) y art. 3.2 de su Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio), ya que los servicios no están correctamente definidos.En concreto, los servicios de venta que pretende proteger la marca adolecen de imprecisión respecto de los "artículos de decoración" y los "aparatos fluorescentes". En este sentido, se toma como referencia la Sentencia de 07/07/2005, C-418/02, Praktiker, EU:C:2005:425, en la que se expone que, si bien el reagrupamiento de diversos productos para su acceso por parte de los consumidores no requiere mayor especificación respecto a estos servicios, sí que se requiere precisar los productos o tipos de productos a los que se refieren dichosservicios. En la solicitud presente, las redacciones "artículos de decoración" y los "aparatos fluorescentes" no cumplirían el requisito anteriormente expuesto, dado que los mismos pueden presentar naturalezas muy diferentes y estar destinados a satisfacer necesidades distintas, así como ser accesibles por diversos canales de distribución. Por ello, resulta necesario un mayor grado de concreción respecto de los mismos.En el caso de los "aparatos fluorescentes", se propone su sustitución por"aparatos de iluminación fluorescentes". Sin embargo, en el caso de los "artículos de decoración", dada la diversidad de productos que pueden cumplir esa función, no puede proponerse un método concreto de subsanación.Por tanto, debe aportarse nueva lista completa de los servicios solicitados (en formulario oficial) describiéndolos correctamente siguiendo la Clasificación Internacional de Productos y Servicios (Clasificación de Niza). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los servicios afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento).Si desea consultar el listado de clases de la Clasificación Internacional, tiene a su disposición nuestra herramienta de clasificación CLINMAR accediendo a nuestra página web: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action
Identificado de publicación: 8596605
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4285799
Fecha de resolución: 04/06/2025
Clases: 35