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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 05 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo HORSK, bajo la titularidad de HORSK CONSULTING SL.


Solicitud de marca suspendida

HORSK

Expediente:  M-4351421

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9060222

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4351421

Fecha de resolución:  26/02/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: En la Clase 35:- "consultoría estratégica en liderazgo, comunicación, recursos humanos y mejora de procesos" es impre ciso. podría quedar definido como: "Consultoría de gestión empresarial en el ámbito del desarrollo d e liderazgo y ejecutivo".-"análisis y optimización de operaciones", es impreciso. Podría quedar definido como: "Asesoramiento sobre la tramitación de las operaciones comerciales".-"elaboración de informes, estudios y diagnósticos en materia de gestión y desarrollo organizativo" es impreciso. podría quedar definido como: "elaboración de informes, estudios y diagnósticos en materia de gestió n y desarrollo organizativo empresarial".En la Clase 41:-"servicios de e-learning", no se pu eden utilizar términos en idiomas extranjeros que no se encuentren en la Clasificación Internacional de Niza. Podría quedar definido como: "Servicios de formación a distancia en línea".Recuerde el iminar comillas en la Clasificación.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si n o se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente resp ecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herram ienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/i nicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de l a tasa.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSAN ANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLEC E EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 05/03/2026 Tomo: 1 Anuncio:9060222 

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