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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 05 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo HOMENAJE EN VIDA.


Solicitud de marca suspendida

HOMENAJE EN VIDA

Expediente:  M-4351825

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9060414

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4351825

Fecha de resolución:  26/02/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos y/o cla sificados (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:Clase 38:-"Servicios de transmisión, distribución y comunicación de contenidos digita les, incluida la transmisión de textos, audios, fotografías y vídeos a través de redes informáticas y plataformas digitales" puede quedar definido como "servicios de transmisión digital y por Internet de datos de audio, vídeo o gráficos"- "suministro de acceso a plataformas en línea para la creaci ón, almacenamiento y envío de mensajes personales y homenajes" puede quedar definido como "Servicios de acceso de usuario a plataformas en Internet para la creación, almacenamiento y envío de mensajes personales y homenajes"-"provisión de espacios digitales para la publicación de contenidos conmem orativos y homenajes personales" puede quedar definido como "provisión de foros en línea para la tr ansmisión de mensajes, comentarios y contenidos multimedia entre usuarios"Clase 41:-"Servicios de creación, edición, producción y publicación de contenidos digitales personalizados, incluyendo t extos, audios, fotografías y vídeos" puede quedar definido como "servicios de edición [publicación] de esparcimiento multimedia, de audio y vídeo digital.-"servicios de creación de homenajes person ales en vida", es impreciso, debe revisar los productos y/o servicios incluidos en la misma de maner a que se ajusten a la Clasificación Internacional de Niza y a la Clasificación Armonizada. - "edic ión de material biográfico" puede quedar definido como "Edición de material impreso con imágenes, qu e no sea con fines publicitarios"-"servicios de redacción de mensajes y recuerdos" puede quedar de finido como Redacción de textos (excepto textos publicitarios)"-"publicación electrónica de conte nidos a través de páginas web" puede quedar definido como "Publicación electrónica en Internet de te xtos y material impreso que no sean textos publicitarios"- "creación y gestión de páginas personal izadas para homenajes" puede quedar definido como "creación de páginas web para terceros" que perten ece a la clase 42-"asesoramiento para la elaboración de contenidos personales y conmemorativos" , es impreciso, debe revisar los productos y/o servicios incluidos en la misma de manera que se ajuste n a la Clasificación Internacional de Niza y a la Clasificación Armonizada.Clase 45:-"Servicio s de asistencia personal para la expresión de mensajes personales, emocionales y conmemorativos; fac ilitación de mensajes personales destinados a terceros; gestión de la entrega de mensajes personales en vida o post mortem; servicios de custodia, preservación y gestión de mensajes, homenajes y conte nidos personales; consultoría en materia de legado personal no jurídico; servicios destinados a ayud ar a las personas a definir cómo desean ser recordadas" es impreciso, debe revisar los productos y/o servicios incluidos en la misma de manera que se ajusten a la Clasificación Internacional de Niza y a la Clasificación Armonizada.-"servicios de acompañamiento emocional no terapéutico" puede queda r definido como "Prestación de servicios de apoyo emocional a familias"Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por des istida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglam ento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:h ttps://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82, 84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en pla zo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no s e hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de f orma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o d ividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 05/03/2026 Tomo: 1 Anuncio:9060414 

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