Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 05 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo HOMENAJE EN VIDA.
Expediente: M-4351825
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9060414
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4351825
Fecha de resolución: 26/02/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos y/o cla sificados (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:Clase 38:-"Servicios de transmisión, distribución y comunicación de contenidos digita les, incluida la transmisión de textos, audios, fotografías y vídeos a través de redes informáticas y plataformas digitales" puede quedar definido como "servicios de transmisión digital y por Internet de datos de audio, vídeo o gráficos"- "suministro de acceso a plataformas en línea para la creaci ón, almacenamiento y envío de mensajes personales y homenajes" puede quedar definido como "Servicios de acceso de usuario a plataformas en Internet para la creación, almacenamiento y envío de mensajes personales y homenajes"-"provisión de espacios digitales para la publicación de contenidos conmem orativos y homenajes personales" puede quedar definido como "provisión de foros en línea para la tr ansmisión de mensajes, comentarios y contenidos multimedia entre usuarios"Clase 41:-"Servicios de creación, edición, producción y publicación de contenidos digitales personalizados, incluyendo t extos, audios, fotografías y vídeos" puede quedar definido como "servicios de edición [publicación] de esparcimiento multimedia, de audio y vídeo digital.-"servicios de creación de homenajes person ales en vida", es impreciso, debe revisar los productos y/o servicios incluidos en la misma de maner a que se ajusten a la Clasificación Internacional de Niza y a la Clasificación Armonizada. - "edic ión de material biográfico" puede quedar definido como "Edición de material impreso con imágenes, qu e no sea con fines publicitarios"-"servicios de redacción de mensajes y recuerdos" puede quedar de finido como Redacción de textos (excepto textos publicitarios)"-"publicación electrónica de conte nidos a través de páginas web" puede quedar definido como "Publicación electrónica en Internet de te xtos y material impreso que no sean textos publicitarios"- "creación y gestión de páginas personal izadas para homenajes" puede quedar definido como "creación de páginas web para terceros" que perten ece a la clase 42-"asesoramiento para la elaboración de contenidos personales y conmemorativos" , es impreciso, debe revisar los productos y/o servicios incluidos en la misma de manera que se ajuste n a la Clasificación Internacional de Niza y a la Clasificación Armonizada.Clase 45:-"Servicio s de asistencia personal para la expresión de mensajes personales, emocionales y conmemorativos; fac ilitación de mensajes personales destinados a terceros; gestión de la entrega de mensajes personales en vida o post mortem; servicios de custodia, preservación y gestión de mensajes, homenajes y conte nidos personales; consultoría en materia de legado personal no jurídico; servicios destinados a ayud ar a las personas a definir cómo desean ser recordadas" es impreciso, debe revisar los productos y/o servicios incluidos en la misma de manera que se ajusten a la Clasificación Internacional de Niza y a la Clasificación Armonizada.-"servicios de acompañamiento emocional no terapéutico" puede queda r definido como "Prestación de servicios de apoyo emocional a familias"Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por des istida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglam ento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:h ttps://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82, 84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en pla zo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no s e hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de f orma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o d ividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas