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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 18 de diciembre del 2024 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo HIPO GEGANT, bajo la titularidad de PROMOCION Y FOMENTO DE EDIFICIOS SA.


Suspenso de fondo de marca

HIPO GEGANT

Expediente:  M-4247016

Tipo Marca:  Figurativa

Tipo Modalidad:  Marca

Titular:  PROMOCION Y FOMENTO DE EDIFICIOS SA

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La solicitud presenta defectos en relación con los arts. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001,de 7 de diciembre) y art. 3.2 de su Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio), ya que los productos/servicios no están correctamente definidos. En concreto, - Librerias " deberá definirlo por ejemplo como libreros(muebles).- Los enseres de cama (excepto ropa de cama" esimpreciso deberá concretarlos.- Las " redes" es impreciso deberá concretarlo..Los" OBJETOS ARTISTICOS DE MADERA; CERA; YESO; CORCHO; CAÑA; JUNCO; MIMBRE; CUERNO; HUESO; MARFIL; BALLENA; CONCHA; AMBAR; NACAR; ESPUMA DE MAR; SUCEDANEOS DE TODAS ESTAS MATERIAS O MATERIAS PLASTICAS"; podrá definirlos por ejemplo como" Objetos de arte y adornos, incluyendo esculturas, hechos principalmente de madera, paja, hueso, concha, cera, resina, materias plásticas o yeso, o sus sustitutos Los "huesos, concha, ambar, caña, bambu, corcho podrá definirlo como "Hueso, concha, ámbar, caña, bambú, ratán o corcho en bruto o semielaborados, o sus sustitutos- El " junco" podrá definirlo como "Juncos (material en bruto o semielaborado)- El "cuerno" deberá definirlo por ejemplo como " cuerno en bruto o semielaborado.El marfil podrá definirlo por ejemplo como "marfil en bruto o semielaborado"-La ballena podrá definirlo por ejemplo como "ballena en bruto o semielaborado"-El ambar podrá definirlo por ejemplo como "Ambar en bruto o semielaborado"-Las "fundas para vestidos(guardarropa) deberá definirlo como "fundas para guardas prendas de vestir".-Las "anillas para cortinas" deberá definirlascomo "anillas no metálicas para cortinas"-Las "cajas" deberá concretarlas en dicha clase-Los tejidos y productos no comprendidos en otras clases , es impreciso deberá eliminarloPor tanto, debeaportarse nueva lista completa de los productos/servicios solicitados (en formulario oficial) describiéndolos correctamente siguiendo la Clasificación Internacional de Productos y Servicios (Clasificación de Niza). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento).Si desea consultar el listado de clases de la Clasificación Internacional, tiene a su disposición nuestra herramienta de clasificación CLINMAR accediendo a nuestra página web: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action

Identificado de publicación:  8250004

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4247016

Fecha de resolución:  11/12/2024

Clases:  20, 35

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 18/12/2024 Tomo: 1 Anuncio:8250004 

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