Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 07 de marzo del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo HIGOS DE MAELLA.
Expediente: M-4264498
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo. En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que la denominación "HIGOS DE MAELLA", no permite al público consumidor identificar un concreto origen empresarial, ni la diferenciación en el mercado de los productos de la clase 31 para los que se solicita. 02) La marca solicitada se halla incursa también en la prohibición del artículo 5.1.c) de la Ley deMarcas. Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios. En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos oindicaciones que pueden servir en el comercio para designar la naturaleza y procedencia geográfica de los productos de la clase 31 para los que se solicita el presente signo, "HIGOS DE MAELLA", sin ningún otro elemento que le dé suficiente fuerza caracterizadora como para eliminar dicho carácter descriptivo. 03) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas. Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que puedan inducir al público aerror, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico del producto o servicio.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error sobre el origen geográfico de losproductos solicitados, dado que la denominación contiene el término "MAELLA", pudiendo el consumidor entender que dichos productos tienen su origen en la localidad zaragozana de Maella, sin que se haya indicado esta procedencia en el listado de productos aportado.Puede contestar a este acuerdo desuspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado
Identificado de publicación: 8382086
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4264498
Fecha de resolución: 28/02/2025
Clases: 31