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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de febrero del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo HIGOS DE FRAGA.


Suspenso de fondo de marca

HIGOS DE FRAGA

Expediente:  M-4265340

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Marca

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para la clase solicitada, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo. En concreto, el signo solicitadocarece de carácter distintivo, toda vez que el conjunto figurativo solicitado no permite al públicoconsumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial, ni la individualización en el mercado de productos o servicios. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, laprocedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otrascaracterísticas de los productos o servicios.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar la naturaleza y procedencia geográfica de los productos para los que se solicita la presente marca, ya que "HIGOS DEFRAGA" designa directamente los productos y su origen geográfico, sin que incorpore otros elementos, gráficos o denominativos, que aporten al conjunto suficiente distintividad como para eliminar su carácter descriptivo. 03) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico del producto o servicio.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error sobre laa naturaleza y procedencia geográfica de los productos. Esta prohibición podrá subsanarselimitando el enunciado a "HIGOS FRESCOS PROCEDENTES DE FRAGA (HUESCA)".Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado

Identificado de publicación:  8339466

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4265340

Fecha de resolución:  12/02/2025

Clases:  31

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 19/02/2025 Tomo: 1 Anuncio:8339466 

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