Información sobre la marca HighBreed con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4310232.
M-4310232
![]() | Expediente OEPM M-4310232 Tipo Figurativa Fecha solicitud 19/03/2025 Estado En tramitación |
Logotipo rectangular con la palabra highbreed en tipografía negrita, sin serifas, de color rojo (#ff2c02) con contorno negro (#2f0800)
Persona física. Consultar en la OEPM
Rojo (#ff2c02) y negro (#2f0800)
Fecha | Tramitación |
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2025-05-23 | Contestacion al suspenso publicado el: 26/05/2025. |
2025-05-26 | Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 19/05/2025. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca HighBreed
Expediente: M-4310232
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Descripcion Distintivo: Logotipo rectangular con la palabra highbreed en tipografía negrita, sin serifas, de color rojo (#ff2c02) con contorno negro (#2f0800)
Identificado de publicación: 8577081
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4310232
Fecha de desposito regular: 19/03/2025
Tipo de signo distintivo: F
Denominación: HighBreed
Clasificación de elementos figurativos: 270501270502290101
Descripción del signo distintivo: Logotipo rectangular con la palabra HighBreed en tipografía negrita, sin serifas, de color rojo (#FF2C02) con contorno negro (#2F0800)
Colores indicados: rojo (#FF2C02) y negro (#2F0800)
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 01-SEMILLAS (PRODUCTOS PARA PRESERVAR -)
Expediente: M-4310232
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8553064
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4310232
Fecha de resolución: 19/05/2025
Irregularidades: - Debe corregir el apartado "reivindicación de color". Este apartado es facultativo por lo que puede eliminar estas indicaciones o cumplimentarlo exclusivamente con los colores que se visualizan en el distintivo. - El apartado "DESCRIPCIÓN ESCRITA DE LA MARCA" es de cumplimentación facultativa. En caso de indicar una descripción esta debe limitarse exclusivamente a definir las características del distintivo, no debiéndose incluir otros comentarios (art. 2.2 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas).Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/ 2001, de 7 de diciembre, de Marcas
La información sobre la marca HighBreed que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.