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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 09 de octubre del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Hermos@, bajo la titularidad de LOVEXON SL.


Suspenso de fondo de marca

Hermos@

Expediente:  N-0479974

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Titular:  LOVEXON SL

Identificado de publicación:  8778906

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0479974

Fecha de resolución:  02/10/2025

Clases:  03, 44

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para las actividades solicitadas, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece decarácter distintivo, ya que el término "Hermos@" será percibido únicamente como un adjetivo laudatorio de uso común en el sector de la belleza. La utilización de la grafía "@" para englobar ambos géneros es un recurso frecuente en el tráfico económico y en el lenguaje común, por lo que el consumidor lo interpretará como una mera forma inclusiva del adjetivo "hermoso/hermosa", sin asociarlo al origen empresarial de dichas actividades. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios a los que se refieran las actividades solicitadas.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente del término "Hermos@", que designa directamente el objeto o finalidad de los productos y servicios solicitados, esto es, realzar la bellezaPuede contestara este acuerdo de suspenso de fondo alegando lo que considere adecuado

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 09/10/2025 Tomo: 1 Anuncio:8778906 

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