Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 03 de septiembre del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Heredia promotion.
Expediente: N-0491658
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 9409439
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0491658
Fecha de resolución: 27/08/2026
Clases: 18, 25, 35, 41
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La reivindicación de prioridad unionista formulada en la presente solicitud no cumple los requisitos establecidos en el artículo 14.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, ni en el artículo 6.1 del Reglamento de Ejecución de la Ley de Marcas.Dichos preceptos disponen que, cuando en una solicitud de registro se reivindique la prioridad de una o varias solicitudes anteriores, el solicitante deberá indicar el número de las mismas, si no lo hubiera hecho previamente, y aportar, en el plazo de tres meses desde la fecha de presentación de la solicitud de registro, una copia de dichas solicitudes certificada conforme por la oficina de origen. En dicha copia deberá constar la fecha de presentación de la solicitud anterior y deberá ir acompañada de una traducción al castellano, en caso de que no estuviera redactada en esta lengua.En consecuencia, deberá aportarse la documentación requerida, acompañada de su correspondiente traducción al castellano.Asimismo, podrá contestar al presente acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los defectos señalados o formulando las alegaciones que estime oportunas